
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en el artículo 1, dedicado a los principios de la educación, establece entre ellos los siguientes “la consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea” y “el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa”.
Por su parte la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA), en el artículo 5, que se dedica a los objetivos de la Ley, establece entre ellos “potenciar las buenas prácticas docentes, así como la formación, promoción profesional, evaluación y reconocimiento del profesorado”.
Por su parte la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA), en el artículo 5, que se dedica a los objetivos de la Ley, establece entre ellos “potenciar las buenas prácticas docentes, así como la formación, promoción profesional, evaluación y reconocimiento del profesorado”.